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ArticlesJanuary 13, 20250

Nuevas normas en la relación comerciante-consumidor

La Unión Europea está avanzando en la transición verde y la transformación digital, actualizando constantemente la legislación europea con cambios destinados a garantizar el buen funcionamiento de los Estados miembros y la igualdad entre ellos. En el contexto de la evolución rápida del mercado digital y la intensificación del comercio online, la Unión Europea propone nuevas regulaciones para fortalecer la protección al consumidor y responsabilizar a los comerciantes.

Proyectos legislativos como la Directiva 2023/2673 sobre contratos de servicios financieros a distancia y la Directiva 2024/825 se centran en la transparencia de la información, la prevención de prácticas comerciales desleales y la protección contra manipulaciones como el “greenwashing”. Estas medidas reflejan la necesidad de una legislación moderna que responda a los desafíos tecnológicos y garantice la equidad en la relación consumidor-comerciante, promoviendo un entorno empresarial sostenible y ético. La Autoridad Nacional para la Protección del Consumidor (ANPC) está considerando la transposición de las directivas mencionadas y su armonización con la legislación europea en materia de protección al consumidor.

Por lo tanto, los comerciantes están obligados a proporcionar una comprensión clara y una información precisa en la fase precontractual. Además, el proyecto de ley también abarca las normas que los comerciantes deben seguir con respecto a la transmisión de información en pantallas pequeñas, como teléfonos, asegurando que la información sea legible y esté dispuesta para facilitar la comprensión y evitar la interpretación errónea durante su visualización.

La Directiva (UE) 2024/825 introduce cambios significativos para apoyar la transición verde de los consumidores, centrándose en combatir prácticas comerciales desleales y aumentar la transparencia sobre el impacto ambiental de los productos. Modifica la Directiva sobre prácticas comerciales desleales (2005/29/CE) y la Directiva sobre derechos de los consumidores (2011/83/UE), y aporta los siguientes cambios clave:

  1. Combatir el “greenwashing”: La directiva prohíbe afirmaciones genéricas sobre el impacto ambiental que no estén respaldadas por etiquetas de sostenibilidad estandarizadas o especificaciones claras, incluyendo sanciones para declaraciones engañosas sobre las características ecológicas de los productos.
  2. Información adicional sobre los productos: Los comerciantes deben proporcionar información detallada sobre la durabilidad, reparabilidad e impacto ambiental de los productos. Estos requisitos tienen como objetivo apoyar elecciones conscientes de los consumidores y prolongar el uso de los productos.
  3. Establecimiento de una etiqueta estandarizada para garantías de durabilidad: Esta etiqueta, distinta de la garantía legal de conformidad, elimina posibles confusiones. Además, se prohíbe el uso de etiquetas de sostenibilidad que no estén certificadas por un organismo reconocido o autoridades públicas.
  4. Promoción de la transición verde: La directiva busca crear un marco que fomente el desarrollo de productos sostenibles y el acceso de los consumidores a los mismos, fomentando la transparencia en las cadenas de suministro y la responsabilidad empresarial hacia prácticas ecológicas.
  5. Prohibición de la obsolescencia programada: La comercialización de productos con una vida útil intencionadamente limitada está ahora más estrictamente regulada para reducir residuos y fomentar una economía circular.
  6. Comunicación transparente a los clientes sobre opciones de entrega ecológicas, como transporte en bicicleta o vehículos eléctricos.

Estos cambios son parte integral del Pacto Verde Europeo y de la Agenda del Consumidor para la Transición Verde, y serán aplicables a partir de septiembre de 2026.

En la misma línea, la Directiva (UE) 2023/2673 introduce cambios importantes en relación con los contratos de servicios financieros a distancia. Actualiza la Directiva 2011/83/UE para integrar regulaciones específicas para estos tipos de contratos, reemplazando la Directiva 2002/65/CE, considerada obsoleta debido a los avances tecnológicos y la evolución del mercado, eliminando redundancias y lagunas legislativas. Así, el marco legal se simplifica y se adapta mejor a las realidades actuales.

Principales cambios:

  1. Nuevo capítulo dedicado a los servicios financieros a distancia: La Directiva 2011/83/UE se ha ampliado para incluir un capítulo específico sobre estos servicios, haciendo que la legislación sea más clara y adaptada para regular en detalle las particularidades de los servicios financieros ofrecidos online, por teléfono u otros métodos de comunicación a distancia, así como los procedimientos para establecer contratos seguros con altos niveles de transparencia.
  2. Ampliación de las obligaciones de información precontractual: Antes de concluir un contrato, los comerciantes deben proporcionar a los consumidores información completa en un formato claro y estandarizado, incluyendo detalles financieros esenciales: tasas, intereses, comisiones, costos ocultos, características del producto financiero (beneficios y riesgos), condiciones de rescisión (información clara sobre lo que sucede en caso de terminación del contrato) y herramientas interactivas para una mejor comprensión de los productos financieros.
  3. Refuerzo del derecho de desistimiento: La directiva simplifica el ejercicio del derecho de desistimiento (incluso digitalmente), permitiendo a los consumidores cancelar contratos a distancia en un plazo de 14 días e informándoles sobre los costos asociados al desistimiento si es aplicable.
  4. Aumento de la transparencia en la digitalización mediante normas estrictas para algoritmos: Si se utilizan algoritmos para personalizar ofertas, los comerciantes deben explicar cómo funcionan; todos los términos y condiciones deben ser accesibles, incluso en dispositivos móviles, protegiendo contra abusos y previniendo técnicas de manipulación digital, como el diseño engañoso (dark patterns).
  5. Sanciones efectivas: Los Estados miembros deben adoptar un régimen de sanciones proporcional y disuasorio para el incumplimiento de la directiva, incluyendo sanciones financieras, la obligación de compensar a los consumidores afectados y otras medidas correctivas, como la prohibición temporal de ofrecer ciertos servicios.

Mediante la transposición de las directivas mencionadas, se promueve un enfoque unificado en todos los Estados miembros, eliminando diferencias legislativas que podrían afectar la confianza de los consumidores. Además, los Estados miembros no pueden adoptar regulaciones más estrictas que las previstas por la directiva, asegurando así una aplicación uniforme. Finalmente, la Comisión Europea evaluará el impacto de estos cambios para 2030 y decidirá sobre posibles ajustes necesarios.

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Abogada Mihaela Murariu

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