Con el fin de facilitar la transición de los graduados de educación superior del sistema educativo al mercado laboral, el Código Laboral instituye un período de pasantía de seis meses, regulado a través de la Ley n.° 335/2013 sobre la realización de pasantías para graduados de educación superior, con enmiendas posteriores. De este modo, se garantiza un marco legal predecible para la realización de pasantías y, al mismo tiempo, la integración de los recién graduados en la fuerza laboral.
La implementación de esta ley en la práctica se llevó a cabo a través de normas metodológicas, aprobadas mediante la Decisión del Gobierno n.° 473/2014. Con los cambios introducidos por la Ley n.° 408/2023, las reglas de implementación han sufrido modificaciones y adiciones, establecidas en la Decisión del Gobierno n.° 240/2024.
Un primer cambio implica la eliminación de disposiciones relacionadas con el comité de evaluación, cuyas funciones son asumidas por el mentor. Por lo tanto, el mentor debe realizar una evaluación objetiva de la actividad del pasante y sugerir formas de mejorar su desempeño.
El certificado o la constancia de finalización de la pasantía será emitido por el empleador basándose en el informe de evaluación elaborado por el mentor, el cual debe ser completado diez días hábiles antes del final de la pasantía.
Además, desde la perspectiva del pasante, ya no existe la obligación de elaborar el informe de pasantía, que anteriormente incluía una descripción de las actividades realizadas. Asimismo, su participación en el proceso de evaluación ya no es obligatoria. Sin embargo, tienen derecho a recibir el informe de evaluación dentro de un máximo de 3 días hábiles desde su finalización y, si es necesario, la posibilidad de impugnarlo.
El pasante tiene derecho a obtener el certificado/constancia de finalización de la pasantía. La elaboración del informe de evaluación ya no se realizará en tres copias, sino en dos: una para el pasante y otra para el empleador.
Los contratos de pasantía en curso al 22 de diciembre de 2023 permanecen válidos hasta la duración inicialmente establecida, de acuerdo con las reglas existentes en el momento de su firma, sin verse afectados por cambios posteriores.
La Ley n.° 335/2013 establece que el empleador que celebra un contrato de pasantía puede solicitar financiamiento del estado por la duración del contrato de pasantía, por un monto de 2,250 lei/mes. Para beneficiarse de este financiamiento, los empleadores deben seguir los siguientes pasos:
➡️ Concluir los contratos de pasantía por escrito y anexarlos a los contratos de trabajo individuales;
➡️ Celebrar un acuerdo especial en la agencia territorial para el empleo, dentro de un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de celebración del contrato de pasantía;
➡️ Presentar a la agencia mencionada anteriormente los siguientes documentos: copias del documento de identidad del pasante, del contrato de trabajo individual y del contrato de pasantía;
➡️ Presentar mensualmente una tabla nominal con los pasantes, la hoja de registro diario de los empleados pasantes y las nóminas para el mes respectivo.
El financiamiento se otorga solo por el período durante el cual la relación laboral está activa y es proporcional al tiempo trabajado por el pasante. En caso de que el empleador rescinda el contrato de trabajo del pasante, ya no recibirá el financiamiento y deberá devolver las cantidades recibidas hasta ese momento, más la tasa de interés de referencia del Banco Nacional de Rumania, vigente en la fecha de terminación de la relación laboral.
Sin embargo, la burocracia asociada con la firma de contratos de pasantía es un obstáculo para los empleadores. Según las estadísticas del Ministerio de Trabajo, el número de graduados empleados en pasantías ha disminuido significativamente en los últimos años. Los empleadores consideran que el proceso de celebración de contratos de pasantía es burocrático y enfrentan procedimientos largos y engorrosos para organizar el período de pasantía y evaluar a los pasantes. Además, prefieren que la evaluación de los pasantes la realice el empleador y consideran que la observación directa de su actividad, comportamiento y desempeño es esencial para la evaluación.
Aunque existen subsidios disponibles para pasantías profesionales, los empleadores se desaniman por la gran cantidad de documentos necesarios para obtenerlos.
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Abogada Ana Maria Nistor