La Oficina Nacional para la Prevención y Lucha contra el Blanqueo de Capitales (ONPCSB) estableció, a través de una orden publicada en julio de 2023 en el Diario Oficial, nuevos modelos de informes para transacciones sospechosas, transacciones en efectivo de al menos 10.000 euros, transferencias externas de al menos 10.000 euros y transferencias de fondos para actividades de remesas de al menos 2.000 euros. Aunque la medida inicialmente estaba programada para aplicarse a partir del 7 de noviembre, el plazo para que las entidades informantes transmitieran los informes en el nuevo formato se extendió posteriormente hasta el 22 de noviembre de 2023.
En este sentido, los antiguos modelos se han reemplazado por la nueva versión de estos modelos de informes utilizados en el campo de la prevención y lucha contra el blanqueo de capitales. Este cambio se produjo como parte de la implementación de un nuevo sistema de información en el ONPCSB, que garantiza la eficiencia de las actividades de la institución.
La categoría de entidades informantes incluye principalmente instituciones de crédito, instituciones financieras, auditores, contadores certificados, evaluadores autorizados, proveedores de servicios para empresas, asesores fiscales, notarios, abogados, agentes inmobiliarios y desarrolladores, así como otros profesionales que realizan transacciones en efectivo de al menos 10.000 euros o su equivalente en lei.
En términos concretos, las entidades en cuestión están obligadas a transmitir los siguientes documentos, según corresponda:
- Informes de transacciones sospechosas, tanto para entidades bancarias como no bancarias, en los casos en que tengan conocimiento o sospechen que los bienes involucrados en una transacción provienen de actividades delictivas o están relacionados con la financiación del terrorismo, o si la información que poseen puede utilizarse para hacer cumplir la legislación de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
- Informes de transacciones en efectivo, en lei o moneda extranjera, con un límite mínimo equivalente a 10.000 euros (incluidas las transacciones vinculadas entre sí, tanto para entidades bancarias como no bancarias).
- Informes sobre transferencias externas, tanto entrantes como salientes de cuentas, en lei o moneda extranjera, con un límite mínimo equivalente a 10.000 euros, independientemente de si la transacción se produce como resultado de una sola operación o a través de múltiples operaciones relacionadas entre sí, para las instituciones de crédito y financieras.
- Informes sobre transferencias de fondos para actividades de remesas de dinero con un límite mínimo equivalente a 2.000 euros.
Además, cabe señalar que el informe sobre transacciones sospechosas debe presentarse de inmediato a las autoridades (antes de realizar cualquier transacción para el cliente en cuestión en caso de sospechas). En cuanto a los demás informes, deben presentarse al ONPCSB en un plazo de tres días hábiles a partir del momento en que se realice la transacción.
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Abogada Mihaela Bălău